¿Buscas cómo volar drones en Madrid legalmente? Hasta hace unos años, volar un dron en núcleo urbano era complicado, y más aún en la ciudad de Madrid, e incluso en la casi totalidad de la Comunidad de Madrid. Afortunadamente, desde la entrada en vigor del Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, la utilización de estos aparatos ha cambiado, y la normativa se ha relajado a condiciones más razonables.
Puesto que es un Real Decreto muy extenso, en el que se tratan todo tipo de naves manejadas a distancia y muchos tipos de actividades con estas naves, vamos a centrarnos en drones de menos de 250 gramos y en actividades de la llamada categoría abierta, la que corresponde a un uso de vuelo y toma de fotografías y vídeos, subcategorías A1 y A3, así como en el vuelo dentro de la ciudad de Madrid.
Requisitos para volar un dron en Madrid legalmente
En primer lugar, es necesario cumplir las condiciones generales, ya sea para drones más grandes que los mencionados, o para vuelos fuera de núcleo urbano.
1. Todo propietario de un dron que no se considere un juguete* tiene que registrarse como operador de drones en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Una vez obtenido el código de operador, se tendrá que adherir a la superficie del dron y al mando a distancia con el que se opere. Se obtiene un certificado como el siguiente:

👁️ Un dron no se considera un juguete si pesa más de 249 gramos o dispone de sistemas de captación de audio y/o imágenes.
2. Para drones de menos de 250 gramos no se requiere ningún tipo de certificación, simplemente se requiere tener un buen conocimiento del manual de operación del dron. Sin embargo, considero muy recomendable realizar la formación y obtener la certificación para la categoría abierta, subcategorías A1/A3.
Es necesario llevar tanto el documento de registro, como el documento con la certificación. Una solución muy práctica es imprimirlo y plastificarlo.

3. Salvo mayores restricciones, la altura máxima a la que podrá elevarse es de 120 metros sobre el nivel del suelo en el punto de despegue. En Madrid, normalmente habrá restricciones y lo máximo serán unos 45 o 60 metros. En cuanto a distancia, aunque la regla general es que no se aleje a más de 500 metros en línea recta, también es necesario que el dron esté siempre a la vista. (A 500 metros de distancia, un dron de estas características, incluso mucho más grandes, no es visible)
4. Se puede volar sobre personas ajenas a la operación, pero no se puede sobrevolar sobre aglomeraciones de personas. Se considera una aglomeración de personas cuando el número de personas, en caso de incidente, no permita que se dispersen con rapidez (un concierto, evento deportivo, manifestación, …).
5. No se pueden sobrevolar edificios de titularidad privada, aunque no se supere el límite de altura permitido, salvo permiso expreso de la propiedad del edificio.
6. Para los drones de menos de 250 gramos, en categoría abierta, subcategorías A1/A3, no es necesario obtener una póliza de seguro, aunque, al igual que la formación, considero que es muy recomendable, porque el operador del dron es el responsable de los daños provocados por cualquier incidente. En mi caso, tengo dos drones asegurados en la misma póliza, que me cubre hasta cuatro millones y medio en daños a terceros, por la que pago poco más de 30 euros al año.
Al igual que las certificaciones, aunque no es obligatorio, considero muy recomendable llevar una copia impresa de la póliza contratada. Siempre es posible encontrarse con personas que se sienten incómodas al ver un dron en las cercanías y, aunque no siempre funciona, presentar toda esta documentación puede proporcionar una imagen de profesionalidad que ayuda a calmar a estas personas.
Además de estas normas, existen otras sobre vuelos nocturnos y sobre condiciones meteorológicas, pero, al ser un tema muy extenso, recomiendo visitar la página de AESA.
Pasos obligatorios para operar en Madrid
Y ahora comentaremos los requisitos para poder volar nuestro dron de forma legal y segura en Madrid (que es válida para cualquier núcleo urbano).
1. En necesario hacer una comunicación al Ministerio del Interior con 5 días naturales de antelación. Esta comunicación es obligatoria, pero no es una solicitud de permiso, por lo tanto, una vez hecha, no es necesario esperar ningún tipo de respuesta. Es necesario hacer una comunicación por cada día y por cada lugar de vuelo, y es conveniente llevar impreso el archivo PDF que te puedes descargar por cada solicitud.
2. Es necesario consultar el mapa de Enaire para conocer las restricciones en la zona donde vamos a usar el dron. Esto no es solo necesario para volar en Madrid, es necesario usarlo para comprobar las restricciones de vuelo en cualquier punto del territorio nacional, y es conveniente, para no llevarse sorpresas desagradables, hacer una última comprobación el mismo día del vuelo, porque algunas restricciones son fijas, pero pueden comunicarse NOTAMs (Notices to Air Missions), es decir, restricciones de espacio aéreo temporales.

Y marcando el punto donde queremos volar nos aparecerán todas las restricciones existentes.

En este caso hemos marcado en el Estanque Grande del Parque del Retiro. A la izquierda aparece una ventana, y haciendo scroll, podemos ver las restricciones. Para el punto donde hemos pinchado:
La primera nota nos indica que estamos dentro del espacio aéreo controlado del aeropuerto de Barajas, y que hasta una altura de 60 metros sobre el nivel del suelo se puede volar.
En esta, se nos indica que estamos dentro del espacio aéreo controlado del aeropuerto de Cuatro Vientos, y que hasta una altura de 45 metros, medidos desde el punto de referencia del aeropuerto (altitud sobre el nivel del mar de las pistas) se puede volar.
En este caso he marcado la calle Alfonso XII, frente al Casón del Buen Retiro, y nos aparece una restricción que nos prohíbe el vuelo. En estos casos, se suelen dar teléfonos o direcciones de correo electrónico para solicitar información el permiso, pero, sin este permiso, está prohibido volar en esa zona.
Fotografía aérea en Madrid con dron. Ejemplos
Imagen de cabecera: vista panorámica del Estanque Grande del Parque del Retiro.
Físico de formación y desarrollador de software de profesión, durante mi etapa universitaria sentí curiosidad por la fotografía y, con el esfuerzo económico que supone para un estudiante universitario, adquirí mi primera cámara de película, una Yashica FX3 Super 2000, completamente manual, con la que aprendí las bases de la fotografía “analógica”.
Ya en el año 2008 adquirí mi primera cámara réflex digital y, a base de errores, comprendí que la fotografía digital era bastante diferente a la de película y empecé a formarme más en serio, con fotógrafos del prestigio de José María Mellado (autor del método Mellado), José Antonio Fernández (autor de “Sin miedo al flash”) o José Quintanilla (experto en impresión fotográfica y director de “Taller Digigráfico”).
Mi principal pasión en la fotografía es el paisaje y la astrofotografía, aunque también he hecho mis pinitos en el retrato y en la fotografía urbana y, por supuesto, desde que colaboro con “La Gatera de la Villa”, fotografía documental de edificios históricos.
Entre el resto de mis aficiones, las principales son el fútbol (verlo, por supuesto), los drones y, más recientemente, las construcciones de Lego.








